Imaginemos una empresa que causa un daño grave —ambiental, laboral, financiero— y, al buscar responsables, la víctima descubre que no hubo un gerente que decidió ni un empleado que ejecutó. La operación estuvo a cargo de un sistema algorítmico. La escena dejó de pertenecer solo a la ciencia ficción.
En Argentina, la inteligencia artificial ya no aparece únicamente en discursos sobre modernización. Empieza a tomar forma concreta en proyectos de ley, reformas societarias, regímenes de incentivo y nuevas categorías jurídicas diseñadas para que ciertas formas de organización económica operen con menos obstáculos dentro del sistema legal.
La pregunta central ya no es si la IA va a llegar —eso está ocurriendo— sino bajo qué reglas se va a instalar, quién las está definiendo y qué margen conservará el Estado para corregir el rumbo si esas tecnologías producen efectos negativos.
El presidente Javier Milei publicó una columna en el Financial Times en la que presentó a la Argentina como un destino atractivo para empresas de inteligencia artificial, ofreciendo un entorno legal y fiscal competitivo con la menor intervención estatal posible. El argumento es que una regulación prematura frenaría el desarrollo tecnológico.
Argentina necesita inversión, innovación e infraestructura digital. Pero la dificultad aparece cuando, en nombre de esa necesidad, el Estado rediseña su derecho y parte de su aparato institucional para volverse compatible con esa tecnología antes de haber definido democráticamente qué límites quiere ponerle.
Una de las piezas de ese mapa es el Gemelo Digital Social. En mayo de 2026, el Ministerio de Capital Humano presentó esta herramienta de inteligencia artificial y análisis masivo de datos como parte de un avance hacia un «Estado predictivo», capaz de modelar escenarios sociales y proyectar impactos de políticas públicas antes de aplicarlas.
Un gemelo digital es una réplica virtual de algo real. En la industria se usa para simular turbinas, redes eléctricas o sistemas de transporte. El problema cambia cuando lo que se intenta modelar no es una máquina, sino una sociedad.
Una sociedad no responde a patrones estables ni puede reducirse sin riesgo a una proyección estadística. Si un modelo sugiere cerrar un hospital o redirigir recursos sanitarios, esa decisión no deja de ser política por haber surgido de un sistema algorítmico. Si se presenta como «lo que indica el modelo», el debate público puede quedar debilitado frente a una fórmula que pocos pueden auditar.
Lo inquietante no es usar datos para mejorar políticas públicas —eso puede ser valioso— sino la falta de claridad sobre qué datos se utilizarán, quién los administrará, cómo se protegerá la información sensible y qué mecanismos tendrá la ciudadanía para discutir decisiones presentadas como recomendaciones técnicas.
El anuncio fue asociado en la discusión pública con Palantir, la empresa especializada en análisis masivo de datos. Esa vinculación no está confirmada oficialmente y debe tratarse con prudencia. Lo que sí es claro es que este tipo de herramientas exige controles públicos definidos antes de su implementación.
Otra pieza es el proyecto de reforma de la Ley General de Sociedades enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso a fines de mayo de 2026. El texto introduce la figura de la Sociedad Automatizada: según el artículo 14, una sociedad puede considerarse tal cuando desarrolla su objeto mediante sistemas algorítmicos autónomos o agentes de inteligencia artificial, sin requerir trabajadores en relación de dependencia para su operación ordinaria. La norma establece que esa sociedad responderá con su patrimonio por los daños causados por esos sistemas.
Detrás de una persona jurídica tradicional hay socios, administradores y órganos de gobierno identificables. La novedad consiste en admitir que el funcionamiento ordinario de una empresa pueda descansar en sistemas algorítmicos autónomos. El software ya no solo ayudaría a administrar una empresa: podría ocupar una parte central de su operación.
El punto sensible es este: la sociedad responde, pero el sistema decide. Si una decisión automatizada produce daños, saber quién programó, entrenó, auditó y se benefició con ese sistema se vuelve indispensable. Sin esa trazabilidad, puede haber daño y beneficio económico pero una responsabilidad humana cada vez más difícil de reconstruir.
El proyecto también incorpora la figura de la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa —regulada entre los artículos 258 y 265—, equivalente a lo que en el ámbito tecnológico se conoce como DAO. Se trata de una organización en la que parte de sus reglas puede quedar incorporada a un protocolo, contrato inteligente o sistema tecnológico, muchas veces asociado a blockchain o tokens. A diferencia de la Sociedad Automatizada, que se vincula con agentes de IA, la DAO refiere a una forma de organización descentralizada. Pueden cruzarse, pero no son lo mismo.
Lo que está en juego en todas estas iniciativas es el mismo interrogante: si el Estado está rediseñando su derecho y su economía para atraer tecnología antes de haber resuelto qué controles públicos, qué mecanismos de responsabilidad y qué debate democrático deben acompañar ese proceso.
Con informacion de Misiones Online.