Misiones cuenta desde ahora con un marco legal específico para desarrollar la producción cafetera. Mediante el Decreto Nº 959, el gobernador Hugo Passalacqua y el ministro Coordinador de Gabinete, Carlos Sartori, promulgaron la Ley VIII – Nº 119, que crea el Programa de Promoción del Cultivo y Comercialización del Café. La norma había sido sancionada el 21 de mayo por la Cámara de Representantes y fue publicada en el Boletín Digital oficial.
La ley declara de interés provincial toda la cadena del café misionero: su cultivo, producción, industrialización, agregado de valor y comercialización. El objetivo es diversificar la matriz agroproductiva de la provincia, generar empleo, fortalecer el arraigo rural y promover el desarrollo sostenible.
Uno de los instrumentos centrales de la norma es la creación de un Registro Provincial de Productores de Café, de inscripción voluntaria. Ese registro permitirá identificar a los productores, relevar información sobre distribución territorial y características de las unidades productivas. La inscripción será requisito obligatorio para acceder a los beneficios que establece la ley.
El Ministerio del Agro y la Producción quedará a cargo de la aplicación del programa. Entre sus funciones se encuentran realizar estudios de factibilidad técnica, económica y ambiental; elaborar mapas de aptitud agroecológica; brindar asistencia técnica; facilitar el acceso a semillas y plantines adaptados a la región; promover inversiones en el sector; y diseñar estrategias de comercialización y promoción del café misionero.
La normativa también faculta al Poder Ejecutivo a establecer beneficios tributarios, exenciones e incentivos financieros para quienes estén inscriptos en el registro, y a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para poner en marcha el programa.
Toda actividad enmarcada en la ley deberá respetar criterios de sustentabilidad ambiental, preservación de la biodiversidad y uso responsable de los recursos naturales.
Con informacion de Primera Edicion.