Productores y cooperativas yerbateras insistirán en unificar la causa judicial contra la desregulación del sector

A comienzos de abril, productores y cooperativas de yerba mate de Misiones presentaron una demanda ante el Juzgado Federal de Posadas en la que solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de cinco artículos del DNU 70/2023, los que desregularon la actividad yerbatera. El escrito, de 134 páginas, exigió la «inconstitucionalidad, nulidad absoluta e insanable e inaplicabilidad» de los artículos 164 al 168 de ese decreto, que suprimieron atribuciones clave del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym), entre ellas la fijación del precio mínimo de la materia prima.

La presentación fue firmada por referentes del sector: Jorge Skripczuk, titular de la Asociación Civil Impulso Yerbatero; Hugo Sand, presidente de la Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones; Salvador María Torres, líder de la Cooperativa Río Paraná Limitada; Julio Alfredo Petterson, presidente de la Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte; Edgar Gustavo Hein, presidente de la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones Limitada; y Antonio Rodríguez Franza, presidente de la Asociación de Productores y Tareferos del Alto Uruguay.

El Juzgado Federal de Posadas se declaró incompetente territorialmente y ordenó remitir la causa a los juzgados federales de Oberá y Puerto Iguazú, con el argumento de que los domicilios de los demandantes están fuera de su jurisdicción. La Cámara de Apelaciones ratificó esa decisión y determinó la fragmentación del expediente: la demanda de Petterson quedó asignada al Juzgado Federal de Puerto Iguazú, mientras que las de Skripczuk, Hein, Franza, Sand y Torres fueron derivadas al de Oberá.

Frente a ese panorama, los productores y cooperativas anticiparon que impugnarán el fallo para lograr la unificación del reclamo. El abogado patrocinante, Federico Padolsky, fue categórico: «Consideramos que no corresponde que esta causa sea tratada de forma fragmentada». «Solicitaremos a la Justicia su unificación por razones de economía procesal, para unificar criterios y, fundamentalmente, para evitar el riesgo de que se dicten sentencias o resoluciones contradictorias», argumentó el letrado.

Padolsky también señaló que el decreto utilizó la figura del DNU para modificar una ley del Congreso sin que mediaran circunstancias excepcionales, y que la medida generó «un cambio de naturaleza jurídica en la institución, que pasó de ser un órgano de concertación entre los distintos actores del sector a un simple apéndice de la industria».

Junto con la demanda principal, los yerbateros habían pedido una medida cautelar para suspender de inmediato los efectos del DNU 70/2023 y del Decreto 812/2025 hasta que haya sentencia definitiva. Sin embargo, al declararse incompetente, el Juzgado Federal de Posadas no se pronunció sobre ese pedido, dejando al sector en un limbo legal mientras la causa aguarda resolución en los juzgados del interior provincial.