Misiones incorporó la figura del consumidor hipervulnerable y reforzó su protección legal

La Cámara de Representantes de Misiones aprobó reformas al régimen provincial de defensa del consumidor que incorporan la categoría de consumidor o usuario hipervulnerable, con protecciones específicas en los procedimientos administrativos y judiciales. La iniciativa fue impulsada por la diputada Carolina Butvilofsky junto a otros legisladores.

La norma incorporó el artículo 2 bis a la Ley III N° 2 —antes Ley 3811— y definió como hipervulnerable a quien, por su edad, género, estado físico o mental, condición socioeconómica, discapacidad, nivel educativo, contexto cultural o territorial, se encuentre en especial desventaja para ejercer sus derechos como consumidor. También incluyó expresamente la llamada «hiposuficiencia digital» frente a entornos tecnológicos de consumo.

Butvilofsky, presidenta de la Comisión de Comercio, Industria, Derechos de Usuarios y Consumidores y Turismo, explicó que la modificación surgió de situaciones en las que una aplicación uniforme de las normas no contempla las distintas herramientas de las que dispone cada persona. «Todos somos iguales frente a la ley, pero no todos somos iguales desde el mismo lugar. Muchas veces somos desiguales frente a la ley, y esos son los casos que hay que tener en cuenta», señaló.

Como ejemplos mencionó las diferencias entre adultos mayores con escaso manejo de Internet y personas familiarizadas con las nuevas tecnologías al momento de contratar productos financieros, así como niños y turistas extranjeros que pueden quedar en posición de mayor debilidad ante un proveedor.

La ley obliga a la autoridad de aplicación a garantizar un trato preferente, digno y equitativo a los consumidores hipervulnerables. Entre las herramientas previstas figuran la prioridad para tramitar reclamos, la adecuación de procedimientos a las circunstancias particulares de cada persona, el uso de lenguaje claro y accesible, y la implementación de mecanismos de acompañamiento cuando resulten necesarios.

La diputada vinculó la iniciativa con el endeudamiento creciente de las familias y la contratación de servicios financieros a través de plataformas digitales. «Hay una problemática frente a la cantidad de deudas que existen hoy de las familias en los bancos, inclusive personal de la administración pública, que ha sido denunciada acá en Cámara por varios bloques», indicó.

En esa línea, planteó interrogantes sobre las operaciones que se concretan con pocos pasos desde un teléfono o una computadora. «Muchas veces es porque somos consumidores hipervulnerables al momento de hacer clic. Entonces, ¿qué significa hacer clic? ¿Qué hay detrás de ese clic? ¿Hasta dónde llega la responsabilidad del consumidor, de la Justicia o de las entidades financieras también?», expresó.

Los fundamentos de la norma reconocen que la expansión del comercio electrónico, las aplicaciones móviles, la banca digital y los sistemas automatizados de contratación generaron nuevas relaciones de consumo, pero que no todos los ciudadanos cuentan con los mismos conocimientos ni herramientas para desenvolverse en esos entornos.

En el ámbito judicial, la reforma establece que cuando la acción sea iniciada por un consumidor hipervulnerable, los jueces deberán considerar especialmente esa condición al interpretar las normas, analizar la admisibilidad del reclamo, distribuir la carga de la prueba, resolver medidas cautelares y determinar el alcance de la protección. La ley fija un criterio amplio, flexible, pro persona y pro consumidor.

«No todos somos realmente iguales frente a la Justicia porque no todos tenemos la misma igualdad de oportunidades. En el momento en el que yo fui escolarizada y vos sos analfabeto, por ejemplo, a partir de ese momento ya no somos iguales. Son cuestiones que ahora la ley va a tener en cuenta», afirmó Butvilofsky.

Las infracciones que afecten a personas hipervulnerables pasarán además a considerarse una circunstancia agravante al graduar las sanciones.

Otro cambio aprobado permite acreditar la representación de un consumidor mediante carta poder, con certificación gratuita de identidad ante un juez de paz o autoridad judicial competente y sin formalidades adicionales. La norma impide que ese mecanismo sea restringido mediante interpretaciones procesales ajenas al régimen de defensa del consumidor.

«Creo que le estamos dando una gran herramienta tanto a los abogados y a los jueces para poder litigar en la Justicia como corresponde y poder realmente darle justicia a todos los justiciables desde el lugar en el que cada uno puede ejercerla», concluyó la legisladora.

Con informacion de Misiones Online.