La Corte Suprema de Justicia de la Nación colocó bajo revisión una parte central del sistema tributario de Misiones. En dos causas iniciadas por Establecimiento Las Marías y Cannon Puntana, el máximo tribunal habilitó su competencia originaria y dispuso medidas cautelares que limitan la aplicación de retenciones, percepciones y pagos anticipados del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Los pronunciamientos no resuelven todavía la cuestión de fondo ni declaran la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas. Sin embargo, obligan a la Provincia a suspender determinados cobros respecto de las empresas demandantes mientras se analiza si el sistema alcanzó operaciones desarrolladas fuera del territorio misionero y si afectó la libre circulación de mercaderías, el comercio interprovincial y la prohibición constitucional de establecer aduanas interiores.
El régimen que hoy se discute tiene origen preciso. El 19 de diciembre de 2007, en los últimos días de su mandato como gobernador, Carlos Rovira firmó el Decreto 2913/07, por el cual instruyó a la Dirección General de Rentas a crear un sistema de anticipos de Ingresos Brutos para productos y mercaderías procedentes de otras provincias. Nueve días después, el 28 de diciembre, Rentas reglamentó el mecanismo mediante la Resolución General 56/07, bajo la conducción de Miguel Arturo Thomas, quien permaneció al frente del organismo durante aproximadamente dos décadas.
La norma abarcó mercaderías que ingresaran a Misiones para su comercialización, remisión entre fábricas o sucursales, depósito o consignación, y también ciertos servicios de transporte de cargas. La implementación efectiva comenzó en enero de 2008 en los puestos de control de El Arco, Centinela, Apóstoles y Azara, donde los transportistas debían acreditar el pago a cuenta para poder ingresar los productos. El esquema fue modificado en años posteriores, pero mantuvo su funcionamiento esencial durante casi 19 años.
Para la Provincia, el mecanismo era una herramienta para anticipar la recaudación, combatir la evasión y asegurar el cobro del tributo. Para comerciantes, industriales y cámaras empresarias, en cambio, implicaba costos financieros, demoras y la acumulación de saldos a favor de difícil recupero. Por esas características, sus críticos lo identificaron como una «aduana paralela». El debate llegó reiteradamente a la Justicia y tuvo un antecedente relevante en la demanda que Loma Negra presentó contra el Decreto 2913/07 y la Resolución General 56/07.
Al sistema de pago a cuenta en ruta se sumaron regímenes de retención, percepción y recaudación bancaria establecidos mediante resoluciones de Rentas, algunos anteriores a la gestión de Rovira, como la Resolución General 3/1993, hoy cuestionada por Cannon Puntana. También la Resolución General 35/2002, dictada durante el gobierno de Rovira, que amplió el alcance de las retenciones para incluir tanto a contribuyentes directos como a los comprendidos en el Convenio Multilateral.
Thomas se mantuvo al frente de Rentas hasta diciembre de 2019, cuando el entonces gobernador Hugo Passalacqua aceptó su renuncia. Durante esos años, el organismo sostuvo una política de fuerte recaudación propia como respuesta a la reducida participación de Misiones en el reparto de fondos coparticipables, lo que permitió fortalecer los ingresos provinciales pero generó una larga disputa con empresas que denunciaban retenciones superiores al impuesto finalmente adeudado.
En el expediente de Cannon Puntana, según la presentación de la empresa, el 70,86% de las retenciones sufridas, equivalente a más de $304,6 millones, se originó en operaciones con clientes que no tenían contacto con Misiones salvo por estar inscriptos en el Convenio Multilateral. La firma informó además que en febrero de 2026 acumulaba saldos a favor por más de $388,6 millones, monto que podría alcanzar casi $742 millones en diciembre, y que absorber ese crédito demandaría cerca de nueve años.
Ante ese planteo, la Corte consideró que existe una cuestión federal suficiente para intervenir y ordenó a Misiones que los agentes comprendidos en la Resolución General 3/93 se abstengan de practicar retenciones y percepciones sobre la actividad que Cannon Puntana desarrolla fuera del territorio provincial, hasta que haya sentencia definitiva. El tribunal aclaró que la medida no impide a la Provincia cobrar el impuesto sobre la riqueza generada dentro de Misiones.
En el caso de Las Marías, la Corte mantuvo vigente una cautelar que suspende la aplicación de distintos regímenes impugnados, entre ellos retenciones, percepciones, recaudaciones bancarias y anticipos por mercaderías ingresadas a la provincia. Según los datos aportados por la yerbatera, los pagos a cuenta mensuales superaban los $597,6 millones, que proyectados anualmente alcanzaban los $7.171 millones, frente a una obligación estimada de Ingresos Brutos de apenas $23,3 millones. De acuerdo con la empresa, las sumas anticipadas representaban el 30.718% del impuesto definitivo, equivalente a 307 años de obligaciones.
El tribunal ordenó correr traslado de ambas demandas a Misiones por 60 días, plazo en el que la Provincia deberá presentar sus argumentos antes de que avance la discusión de fondo.
Mientras la Corte analiza el alcance constitucional del sistema, el gobierno de Passalacqua ya comenzó a modificar los instrumentos más cuestionados. El cambio de mayor alcance fue anunciado el 1 de mayo y entró en vigencia el 1 de julio de 2026: la Provincia excluyó de oficio del pago a cuenta en ruta a unos 16.500 pequeños y medianos contribuyentes sobre un padrón de aproximadamente 17.300, lo que equivale al 95% de quienes estaban sometidos al régimen. La medida, establecida inicialmente por 12 meses, alcanza a quienes durante 2025 hubieran abonado hasta $10 millones anuales mediante ese sistema, y también a los nuevos inscriptos desde el momento de su alta.
Desde julio dejaron de efectuarse cobros en El Arco, Centinela, Apóstoles y Azara. Los puestos permanecen abiertos, pero destinados únicamente a verificar la documentación de las cargas. Las grandes empresas que continúan alcanzadas por el régimen dejaron de pagar por cada ingreso de mercadería y pasaron a un mecanismo global, digital, mensual y simplificado.
El régimen no fue derogado completamente, pero perdió aplicación para la enorme mayoría del padrón y dejó de funcionar en los puestos fiscales con la modalidad que había mantenido durante casi 19 años. El Gobierno provincial avanzó también con exclusiones de retenciones para pequeños movimientos en billeteras virtuales y cuentas bancarias, elevó parámetros para evitar que contribuyentes de baja actividad fueran alcanzados por los sistemas automáticos y prorrogó beneficios para actividades profesionales e industriales.
Con informacion de Primera Edicion.