El juez Yaya respondió a Kiczka: «Los videos y fotos en sus dispositivos no eran políticos, eran aberrantes»

Germán Kiczka, exdiputado provincial condenado en abril de 2025 a 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de Material de Abuso Sexual Infantil (MASI), inició una huelga de hambre y se autoproclamó «preso político» para exigir la revisión de su condena. El juez César Yaya, del Tribunal Penal 2 de Posadas, quien subrogó al Tribunal Penal 1 durante el proceso, respondió públicamente a esas afirmaciones.

«El que era político precisamente es el que lo hace, es decir, aquella persona que dice que la decisión que tomó la Justicia con relación a él tiene una carga política importante, es el que era político, pero los videos, las fotos, el material encontrado en sus dispositivos electrónicos no era político», sostuvo Yaya en declaraciones a FM Show.

El magistrado fue contundente al referirse al material probatorio: «Las cosas que había ahí no solamente no había dudas, sino que eran aberrantes». Y agregó: «En este momento se me vuelve a poner la piel de gallina de solo pensar las cosas que yo vi. Ni el animal más perverso y asqueroso hace lo que hace el ser humano. Y en este caso, ni el ser humano más asqueroso mira lo que miraban esas personas».

El 16 de abril de 2025, el Tribunal Penal 1 de Posadas dictó lo que fue considerado un fallo histórico para la Justicia misionera: condenó a Germán Kiczka a 14 años de prisión y a su hermano Sebastián Kiczka a 12 años por los mismos delitos. La sentencia cerró uno de los procesos judiciales de mayor repercusión en la provincia en los últimos años.

Uno de los puntos que el condenado cuestiona es la acumulación de penas, que a su criterio habría «inflado» la condena. Yaya explicó que el tribunal sumó todas las conductas juzgadas para determinar el monto total de la pena, conforme al procedimiento habitual en estos casos.

Sobre la posibilidad de un recurso de casación, el juez aclaró que la admisión del recurso por parte del Superior Tribunal no implica la revocación del fallo, sino su revisión. «Admitir la casación no significa revocar la sentencia, sino decir: ‘Yo me voy a ocupar y revisar este fallo’. A partir de ahí, cuando revisa el fallo, dice si está bien el fallo o si está mal el fallo», señaló.

Yaya indicó que, conforme a los últimos pronunciamientos de la Corte y el principio del doble conforme exigido por tratados internacionales, el Superior Tribunal revisará integralmente lo resuelto por el Tribunal Penal 1. «Revisar no significa que acepte o que rechace», aclaró el magistrado.

Con informacion de Misiones Online.