Misiones cuenta desde este lunes con un marco legal específico para la tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos. La Ley XVIII N.º 45 fue sancionada por la Cámara de Representantes el 25 de junio, promulgada por el gobernador Hugo Passalacqua mediante el Decreto 1195 y publicada en el Boletín Oficial, lo que habilitó su entrada en vigencia.
La norma apunta a regular la tenencia de estos animales, establecer mecanismos de identificación y registro, fijar condiciones para su circulación en la vía pública y reforzar la seguridad tanto de personas como de otros animales.
Serán considerados potencialmente peligrosos no solo ciertos ejemplares por su raza, sino también aquellos que hayan atacado a personas u otros animales, presenten conductas agresivas comprobadas o hayan sido adiestrados para el ataque o la defensa. La ley incluye un listado de razas que comprende al Pit Bull, Rottweiler, Dogo Argentino, Doberman, Bull Terrier, Pastor Alemán, Presa Canario, Akita Inu, Cane Corso, Fila Brasileño, Bullmastiff, Tosa Inu y Mastín Napolitano, entre otras. La autoridad de aplicación podrá ampliar o modificar ese listado con criterios técnicos.
Uno de los pilares de la legislación es la creación del Registro Provincial Digital de Perros Potencialmente Peligrosos, que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno. Los propietarios tendrán 90 días desde la vigencia de la ley, o desde que adquieran la tenencia del animal, para inscribir a sus mascotas. Cada ejemplar deberá contar además con un microchip subcutáneo colocado por un veterinario matriculado.
En cuanto a la circulación en espacios públicos, la norma prohíbe que menores de edad conduzcan solos estos animales y que una persona pasee simultáneamente más de uno, salvo los paseadores habilitados, quienes podrán llevar hasta dos. Los propietarios también estarán obligados a contar con instalaciones seguras en sus domicilios para evitar fugas o contactos no controlados con terceros.
La ley incorpora además la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el animal pueda ocasionar a personas, otros animales o bienes. La acreditación de esa póliza será requisito para la inscripción en el Registro Provincial.
El Ministerio de Gobierno deberá implementar programas de capacitación sobre tenencia responsable y manejo seguro. Esos cursos serán obligatorios para los propietarios de perros cuya peligrosidad haya sido determinada por resolución administrativa y podrán dictarse en modalidad presencial o remota. El Ministerio contará con la asistencia técnica del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios de Misiones.
La Policía provincial podrá intervenir y proceder al secuestro preventivo de un animal cuando exista riesgo grave para la seguridad pública o ante el incumplimiento de las obligaciones previstas. Las sanciones van desde apercibimientos y multas hasta la retención del perro, la suspensión temporal de la tenencia e incluso la prohibición definitiva de poseer este tipo de animales en casos de reincidencia grave.
Sin embargo, varios aspectos centrales de la norma —como la puesta en marcha del Registro Provincial Digital, la implementación del microchip, la escala de multas y el régimen de sanciones— aún requieren reglamentación del Poder Ejecutivo para poder aplicarse de manera efectiva. La ley habilita a la autoridad de aplicación a establecer plazos y mecanismos de implementación progresiva.
Con informacion de Primera Edicion.