Passalacqua envió a la Legislatura un proyecto para ampliar el control del Tribunal de Cuentas sobre empresas estatales

El gobernador Hugo Passalacqua remitió a la Cámara de Representantes un proyecto de reforma del Tribunal de Cuentas que precisa qué empresas y estructuras societarias vinculadas al Estado provincial y municipal deben quedar bajo la fiscalización del organismo. La iniciativa ya tomó estado parlamentario en la última sesión legislativa.

«Los misioneros nos exigen cada día mayor claridad, apertura y transparencia en el uso de los dineros públicos. Está muy bien y así debe ser», expresó Passalacqua en sus redes sociales al referirse al proyecto. «Gobernar es también mostrar transparencia», añadió al explicar el sentido de la medida.

La modificación apunta a incorporar en forma explícita a las empresas del Estado, las sociedades de economía mixta y las sociedades anónimas dependientes de la administración pública dentro del alcance de las auditorías. Puntualmente, el proyecto propone modificar el artículo 2 de la Ley I-N.º 3 —antes conocida como Decreto Ley 1214/60— mediante la incorporación de un segundo párrafo que incluya a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y a otras entidades en las que el Estado provincial o municipal tenga mayoría de capital o capacidad predominante para tomar decisiones.

Según los fundamentos del Poder Ejecutivo, la inclusión expresa de estas entidades permitirá reducir las dudas sobre la aplicación de la normativa vigente y establecer reglas más claras para la fiscalización. La reforma no crea un nuevo organismo de control, sino que precisa legalmente las competencias del Tribunal de Cuentas, que tiene a su cargo el control externo de los recursos públicos y la determinación de responsabilidades y sanciones cuando corresponda.

De aprobarse, la modificación entraría en vigencia el 1 de enero de 2027. Los fundamentos oficiales indican que ese plazo responde a necesidades de organización y coordinación para aplicar el nuevo marco normativo. La iniciativa consta de tres artículos: uno que incorpora la modificación legal, otro que fija la fecha de entrada en vigencia y un tercero de cierre formal.