La Justicia de Chubut autorizó a una mujer a seguir adelante con un tratamiento de fertilización asistida utilizando embriones criopreservados de su esposo, quien había fallecido tiempo antes. La decisión tomó estado público esta semana y se convierte en un nuevo antecedente judicial en un área donde la legislación argentina tiene un vacío importante.
Según explicó Florencia Collinet, abogada especialista en Derecho de Familia, la pareja llevaba entre cinco y seis años realizando tratamientos de fertilización. Por indicación médica avanzaron hacia una fertilización in vitro, obtuvieron las muestras y formaron embriones que quedaron criopreservados en una clínica. La pandemia los llevó a postergar el procedimiento y, finalmente, el hombre murió.
Un año después, cuando la mujer quiso retomar el tratamiento, la clínica se negó a realizarlo. Collinet explicó que la institución argumentó que faltaba uno de los dos integrantes de la pareja. «Porque no estaba vivo uno de los dos, y lo que le decía era que si bien estaba el consentimiento informado, que es muy importante el consentimiento informado porque es ahí donde uno firma que uno quiere formar una familia, da el consentimiento de eso, no es solamente un consentimiento de amor, por así decirlo, sino que es un escrito jurídico», afirmó la letrada.
Ante esa negativa, la mujer recurrió a la Justicia. La jueza interviniente analizó si existía voluntad procreacional por parte del fallecido. Para acreditarlo se incorporaron como pruebas el historial del tratamiento, declaraciones de testigos y testimonios de familiares y amigos de ambas partes. Collinet detalló que «la juez considera que todo esto es un argumento razonable» para autorizar la fertilización, aun sabiendo que el niño nacería en una familia monoparental.
El fallo se suma a un antecedente de hace once años. En 2011, tras el accidente ferroviario de Flores en Buenos Aires, un hombre murió y su viuda solicitó judicialmente la extracción de semen del cadáver para realizar una fertilización asistida. No había consentimiento escrito, pero la mujer presentó testigos que daban cuenta de la intención de la pareja de tener hijos. El juez autorizó la extracción y criopreservación en solo siete horas. «Después durante cinco largos años de debate judicial, se dijo que sí. La señora ya tenía 41 años y se hizo la inseminación artificial», relató Collinet. La mujer quedó embarazada y tuvo un hijo seis años después de la muerte de su esposo.
Ambos casos dejan al descubierto un hueco en la normativa vigente. Si bien el Código Civil incorporó en 2015 la filiación por fecundación in vitro, no reguló qué ocurre cuando uno de los miembros de la pareja fallece. «No legislaron acerca de la filiación post mortem, o sea, todo es hasta la filiación, pero ¿qué pasa si uno de los dos fallece?», planteó la abogada.
Esa falta de regulación tiene consecuencias prácticas. En materia hereditaria, por ejemplo, el nacimiento de un hijo años después del fallecimiento de su padre podría obligar a reabrir una sucesión ya cerrada. «Ese es el tema. Es todo de nuevo esto», señaló Collinet.
La especialista también apuntó a la ausencia de marcos regulatorios para los consentimientos informados que firman las parejas en las clínicas. «No existe nada, y queda a criterio de las clínicas lo que pongan también para el consentimiento. Es un contrato entre privados, básicamente», indicó. Esa falta de especificaciones —sobre fechas de vencimiento, qué sucede ante el fallecimiento de uno de los firmantes, o el destino de los embriones— genera incertidumbre tanto para las familias como para las instituciones médicas.
Collinet subrayó que la cuestión atraviesa múltiples ramas del derecho: la filiación, el derecho hereditario y la bioética, incluyendo el debate sobre el estatus jurídico de los embriones. Recordó, sin embargo, un principio que considera central: «ninguno de los hijos pueden ser segundos o terceras categorías, son todos los hijos, son iguales ante la ley».
Con informacion de Misiones Online.