Cerca de 90.000 pequeños contribuyentes misioneros se beneficiaron por mes con la exclusión del SIRCUPA para billeteras virtuales

El Decreto Provincial N.º 936/2026, impulsado por el gobernador Hugo Passalacqua, estableció la exclusión automática del Régimen de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) para pequeños contribuyentes de Misiones. Durante sus primeros dos meses de aplicación, la medida alcanzó un promedio mensual de alrededor de 90.000 personas: el padrón registró 89.527 excluidos en agosto y 89.280 en septiembre.

Desde principios de agosto, la provincia dejó de aplicar retenciones automáticas sobre las transferencias recibidas en cuentas bancarias por monotributistas de hasta la categoría D. Para las billeteras virtuales, el beneficio cubre acreditaciones mensuales de hasta $2.184.404,45, equivalente a la doceava parte del límite de esa categoría vigente al momento de confeccionar los padrones. La medida también alcanza a contribuyentes no inscriptos que, por algún motivo, estaban siendo retenidos de forma incorrecta.

El objetivo de la norma es reducir la carga administrativa y financiera sobre los sectores de menor escala, mejorando el flujo de fondos de quienes facturan menos.

En cuanto a los reclamos, durante agosto la Agencia Tributaria Misiones (ATM) procesó aproximadamente 100 casos detectados a través de los canales habilitados. De ese total, 18 correspondieron a billeteras virtuales: la mayoría ya fue regularizada e incorporada al padrón de septiembre. Los 82 restantes, vinculados a cuentas bancarias, permanecen en resolución manual mediante CBU con intervención directa del contribuyente.

El límite de acreditaciones también se actualizó entre períodos: el padrón de agosto, elaborado con datos de junio, fijó el tope en $2.184.404,45, mientras que el de septiembre, con datos de julio, lo elevó a $2.552.387,62, siguiendo la actualización de las escalas del monotributo.

Quienes se encuentren en la categoría E o superiores, así como los responsables inscriptos en el IVA, no son elegibles para la exclusión, dado que su nivel de actividad supera los criterios establecidos por la norma.

Con informacion de Misiones Online.