El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones actualizó los valores de aforo relacionados con la fauna y flora autóctona y exótica provincial. La medida quedó plasmada en la Resolución N° 052, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el ministro Martín Recamán.
La normativa apunta a adecuar los montos vigentes para actividades de aprovechamiento, traslado y tenencia de recursos biológicos, tomando como base las variaciones socioeconómicas registradas por el INDEC y el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC).
Entre los factores que motivaron la actualización, el documento menciona el crecimiento del movimiento de productos derivados de recursos no maderables, viveros de especies nativas, estaciones de piscicultura, plantas medicinales y colecciones de orquídeas, así como el aumento de actividades ligadas a animales vertebrados e invertebrados.
La cartera ambiental también señaló que el tráfico de especies autóctonas y exóticas constituye una problemática en expansión. En ese marco, la resolución fija valores de ingreso por individuo a la provincia y establece parámetros para la tenencia de especies no tradicionales.
En cuanto al contenido de la norma, el Artículo 1° define los aforos aplicables a las guías para el aprovechamiento y traslado de Productos Forestales No Maderables. El Artículo 2° regula los aforos para la tenencia responsable y el traslado de fauna silvestre autóctona y exótica, incluyendo restos óseos, pieles y ejemplares disecados.
Uno de los cambios más significativos figura en el Artículo 3°, que establece como Valor de Referencia (VR) la equivalencia a un litro de nafta de mayor octanaje según el precio informado por el Automóvil Club Argentino en su sede de Posadas. Con este mecanismo, los aranceles y aforos se actualizarán de forma automática al multiplicar las unidades de VR por el valor vigente del combustible.
La resolución también destacó el rol del sistema de Guías de Productos Forestales No Maderables, que permite controlar la tenencia y el transporte de productos provenientes de ambientes naturales y viveros, registrar movimientos, garantizar el cobro de derechos y producir información estadística.
La nueva norma dejó sin efecto las Resoluciones N° 18/2008 y 327/2023 en los aspectos que resulten incompatibles con las disposiciones actuales. Los fondos recaudados continuarán destinándose al Fondo de Fomento de Áreas Naturales Protegidas de la provincia.