La Justicia provincial sumará topes a los descuentos salariales de estatales, en línea con la medida de Hacienda

La Justicia de Misiones avanza en la aplicación de un criterio protectorio sobre los salarios de trabajadores estatales y jubilados, fijando límites a los descuentos que las entidades financieras pueden practicar sobre sus haberes. Según informaron fuentes judiciales, los tribunales provinciales tomarán como referencia el régimen de inembargabilidad establecido por el Decreto 484/87, que prevé un tope máximo del 20% de afectación sobre las remuneraciones.

La medida tiene sustento en resoluciones judiciales recientes, en las que se detectó que algunas entidades financieras realizaban descuentos que superaban ampliamente ese límite. En los fundamentos de una de esas resoluciones se señala que «la documentación acompañada permite advertir prima facie que los débitos efectuados por la entidad financiera demandada absorben un porcentaje sustancialmente superior al límite del veinte por ciento (20%) previsto por el Decreto 484/87 en materia de inembargabilidad y afectación de salarios».

Según el mismo texto, esa situación configura una «apariencia razonable de vulneración del régimen protectorio del salario», lo que habilita la intervención de la Justicia para frenar el perjuicio. La resolución también recuerda el carácter alimentario de la remuneración y su protección constitucional bajo el artículo 14 bis, y advierte que «la reducción del haber disponible a una suma ostensiblemente inferior al porcentaje legalmente disponible importa, en principio, una afectación que trasciende el ámbito meramente contractual y compromete garantías de jerarquía constitucional».

El criterio judicial se conoce pocos días después de que el Ministerio de Hacienda provincial anunciara cambios en el sistema del Centro Único de Administración de Descuentos (CUAD), a través de la Resolución N° 497. Esa norma fijó un tope del 39% del haber neto para todos los descuentos canalizados por el sistema, incluyendo los créditos del IPLyC, que hasta ahora quedaban fuera de ese límite y en algunos casos generaban niveles de afectación considerados excesivos.

La resolución de Hacienda también contempla un programa de refinanciación para quienes ya registren descuentos por encima del nuevo tope, con el fin de adecuar las cuotas y aliviar el impacto sobre el ingreso mensual.

Si bien se trata de instrumentos distintos —uno administrativo, otro judicial—, ambos apuntan en la misma dirección: preservar el salario como ingreso esencial y evitar que las deducciones comprometan la capacidad económica de trabajadores y jubilados. Mientras Hacienda regula el funcionamiento del CUAD hacia adelante, la Justicia abre la posibilidad de revisar situaciones individuales donde los débitos de entidades financieras hayan excedido los márgenes que establece la legislación vigente.